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Retos del Estatuto Temporal de Protección - Migrantes Venezolanos


El pasado 8 de Febrero el Gobierno nacional anunció que crearia el Estatuto Temporal de Protección el cual sera un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados es cual se espera favorezca en particular a ciudadanos venezolanos que se encuentran en situación irergular en Colombia.


Este estatuto tiene grandes retos, particularmente que su reglamentación facilite y no se convierta en barreras. Estan son algunas de las consideraciones a tener en cuenta:


1. Para que esta población ingrese en el Registro Único de Migrantes se requiere tener documentos de identidad, es importante que se tenga presente que una gran parte de la población migrante no la tiene o ingresó a Colombia sin estos; esto debido a las dificultades para acceder a los mismos en Venezuela o la perdida o decomiso en muchos casos en medio de su transito.


2. Si bien el Permiso de Permanencia Temporal como identificación permite acceder al empleo, no es explicito si también sera valido para atención en el sistema de salud. En particular existe una preocupación desde las organizaciones que trabajamos con personas viviendo con vih migrantes, frente a la continuidad de su tratamiento para garantizar la adherencia y la atención integral una vez es ingresado al sistema de salud colombiano.


3. El estatuto Temporal de Protección no vincula de manera automatica a las personas registradas, por lo que se requiere un mecanismo que registre su experiencia educativa y laboral, agilizando e la convalidación de títulos como necesidad para la inclusión económica y social.



4. El decreto relgamentario estatuto Temporal de Protección plantea que las personas que opten por el Permiso de Permanencia Temporal requerien demostrar su permanencia a través de certificado laboral, arrendamiento, vinculo familiar, entre otros; Este requisito debe flexibilizarse teniendo presente que justamente la condición irregular no permite la formalización por lo que dificilmente se podra obtener certificaciones de este tipo. Un opción es ampliar el tipo de certificación de vinculo entre ellos los que pueden dar las agencias, las ong y organizaciones que trabajan con migrantes.


5. Una preocupación constante tanto de gobiernos locales como de las organizaciones que trabajamos con población migrante y refugiado son los recursos financieros y la arquitectura instirucional para dar respuesta una vez crezca el número de personas regulares.


Vemos como un gran avance este Estatuto Temporal de Protección, sus retos posibilitan una respuesta organizada y de garantia de derechos para la integración socioeconomica y cultural. ¡¡¡en hora buena esta politica !!!


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